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22 de enero de 2004   
guion Inicio - Servicios - Laboral - Jefe de Personal
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GuionJEFE DE PERSONAL

Asunción de funciones propias de un Jefe de Personal, que comprenderán las siguientes actuaciones:

Guion Planificación y supervisión de las actuaciones que en el terreno laboral se deriven..
  • Revisión y posterior supervisión del departamento de gestión laboral de la empresa, respecto de las siguientes funciones que le son propias:
    • Confección de nóminas y Seguros Sociales.
    • Control y fiscalización de la documentación laboral de la empresa: Libro de Visitas, documentos de Asociación con la Mutua, Póliza de Accidentes.
    • Confección declaraciones trimestrales de retenciones a cuenta de I.R.P.F., declaración resumen anual y certificados individuales de ingresos y descuentos.
    • Modalidades de contratación. Fomento de Empleo y subvenciones. Confección y tramitación contratos y sus prórrogas.
  • Asesoramiento referente a la política salarial; actualización de convenios, negociación colectiva.
  • Asesoramiento en materia de Régimen Disciplinario y en supuestos de extinción del contrato de trabajo.
  • Establecimiento de vías de comunicación, negociación y relación con los Representantes de los trabajadores, (Delegados de Personal o Miembros del Comité de Empresa), en todo tipo de materias laborales. Asimismo en lo referente a las reclamaciones de los trabajadores que surjan dentro del marco de actuación de la empresa sobre cualquiera de las materias relacionadas en el primer apartado del presente epígrafe.
  • Planificación y supervisión de las actuaciones que en el terreno laboral se deriven de las actuaciones anteriores dentro del ámbito de la empresa: v.gr. escritos disciplinarios, de modificación de contratos, etc.
  • Realización de reuniones mensuales con la Dirección de la Empresa, referentes a las materias laborales citadas con anterioridad, con el objetivo de revisar, supervisar y planificar las distintas actuaciones que en dichas materias se adopten. (Se ha pensado durante este primer año en realizar 1 reunión al mes como mínimo).

 

 

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