Se ha activado la cuenta atrás para tener que adaptar el flujo de facturación íntegramente al entorno digital. El gobierno obliga ahora a todas las personas empresarias y profesionales a expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales.

Se espera que, como máximo, el Reglamento de la Ley 18/2022 (que modifica la Ley 56/2007 de medidas de impulso de la sociedad y de la Información) se apruebe el 29 de marzo de 2023. A partir de entonces, las empresas estarás obligadas a implementar un sistema que permita la tramitación de facturas digitales en el plazo de: 

  • 12 meses (a contar desde la publicación del Reglamento), para empresarios y profesionales cuya facturación supere los 8 millones de euros. 
  • 24 meses para el resto. 

Requisitos

Las soluciones que adopten los empresarios deberán cumplir una serie de exigencias técnicas y requisitos mínimos de “interconexión e interoperabilidad” que permitan confluir en un lenguaje informativo común manejable por la Agencia Tributaria. 

Por su parte, las empresas podrán elegir qué plataforma de facturación digital deciden utilizar, siempre y cuando se cumplan con ciertas obligaciones generales (que estén en formato Facturae XML, firmadas electrónicamente…). 

Como «incentivo», el Gobierno ha puesto la condición del cumplimiento de los plazos de pago para tener acceso a subvenciones y ayudas públicas.  

Nuestro departamento de transformación digital

Nuestro equipo de expertos en tecnología proporciona las herramientas necesarias para facilitar a las empresas la elección, implementación y manejo de la factura electrónica. 

Asimismo, nos aseguramos de que saque el máximo beneficio y ahorro de planes digitales a través de subvenciones públicas y la analítica de datos focalizada en procesos productivos y seguimiento de resultados. 

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